Calculadora de renta (ISR) para personas naturales en Panamá
Estima tu impuesto sobre la renta del año con la tarifa de la DGI y tus deducciones: gastos médicos, escolares, intereses de hipoteca y fondo de jubilación.
Estimación informativa con la tarifa publicada por la DGI y los límites que leímos en sus páginas. No es tu declaración ni asesoría tributaria: las reglas, los topes y los casos especiales pueden cambiar. Antes de declarar, confirma con la DGI en e-Tax 2.0 o con un contador.
La tarifa para personas naturales es 0 % hasta B/. 11,000 de renta neta, 15 % sobre el excedente hasta B/. 50,000 y, por encima, B/. 5,850 más 25 % del excedente. La renta neta es tu ingreso menos las deducciones permitidas. Ejemplo: con B/. 30,000 de ingresos y B/. 11,500 de deducciones, el impuesto es B/. 1,125 en vez de B/. 2,850.
Calculadora de renta para personas naturales
Escribe tu ingreso bruto del año y, si quieres, tus deducciones. Los topes se aplican solos. Verás la renta neta, el impuesto y cuánto te ahorran las deducciones.
Tarifa del impuesto sobre la renta
La DGI publica esta tarifa para personas naturales sobre la renta neta gravable. La página no trae fecha de vigencia.
| Renta neta gravable | Impuesto |
|---|---|
| Hasta B/. 11,000 | 0 % |
| Más de B/. 11,000 hasta B/. 50,000 | 15 % sobre el excedente de B/. 11,000 |
| Más de B/. 50,000 | B/. 5,850 más 25 % sobre el excedente de B/. 50,000 |
Deducciones que modelamos
Estas son las que encontramos en las páginas de la DGI. La calculadora aplica cada tope y descarta el exceso.
| Deducción | Límite | Fuente |
|---|---|---|
| Gastos médicos | Dentro de Panamá y comprobados; la DGI no indica tope | Instructivo |
| Intereses de hipoteca | B/. 15,000; vivienda principal en Panamá; sin interés preferencial | Instructivo |
| Intereses de préstamo educativo | Estudios en Panamá y préstamos del IFARHU; sin tope indicado | Instructivo |
| Gastos escolares | B/. 3,600 por dependiente de hasta 25 años, en Panamá | Preguntas frecuentes |
| Fondo de jubilación privada | El menor entre 10 % del ingreso bruto anual o B/. 15,000 | Instructivo |
| Deducción básica | B/. 800, solo cónyuges en declaración conjunta | Instructivo |
Varias guías, incluida la nuestra sobre gastos deducibles, dicen que los intereses de hipoteca no tienen tope publicado. El instructivo de la DGI que leímos fija un máximo de B/. 15,000. Ese instructivo no tiene fecha de emisión, así que si tu caso supera ese monto, confirma el límite vigente con la DGI.
Fechas de la declaración
- Presentación: hasta el 15 de marzo de cada año para personas naturales, según la DGI (art. 710 del Código Fiscal). Se puede pedir prórroga hasta el 15 de abril.
- Pago: el impuesto se paga a más tardar el 31 de marzo. La prórroga no lo aplaza.
- Pagos estimados: el impuesto estimado se puede pagar de contado o en tres partidas iguales: 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre, según el instructivo.
- Rectificar: una vez por período, dentro de 36 meses del vencimiento, con costo de B/. 100 para personas naturales.
Una guía de contadores (Cuenti, 17 de marzo de 2026) confirma el 15 de marzo de 2026 como fecha de presentación y el 31 de marzo para el pago.
Cómo se calcula
- Deducciones permitidasCada deducción se limita a su tope: hipoteca B/. 15,000; escolares B/. 3,600 x dependientes; jubilación el menor entre 10 % del ingreso o B/. 15,000. Se suma la deducción básica si marcas declaración conjunta.
- Renta neta gravableIngreso bruto anual menos las deducciones. Si da negativo, se toma cero.
- ImpuestoSe aplica la tarifa por tramos a la renta neta.
- ComparaciónSe calcula también el impuesto sin deducciones para mostrar el ahorro.
- SaldoSi escribes el impuesto retenido, se resta del impuesto estimado: positivo es saldo a pagar y negativo es saldo a favor.
Ejemplo y tabla
Luis gana B/. 30,000 al año. Tiene B/. 1,500 en gastos médicos, B/. 4,000 de intereses de hipoteca de su vivienda principal, B/. 5,000 de gastos escolares de 2 hijos y B/. 1,000 en un fondo de jubilación privada. Sus deducciones suman B/. 11,500 y su renta neta es B/. 18,500. Impuesto: 15 % de B/. 7,500 = B/. 1,125. Sin deducciones habría pagado B/. 2,850: ahorra B/. 1,725. Si su empleador le retuvo B/. 2,400, le quedaría un saldo a favor de B/. 1,275.
Impuesto según el ingreso, sin deducciones
| Renta neta | Impuesto | Tasa efectiva |
|---|---|---|
| B/. 10,000.00 | B/. 0.00 | 0.00 % |
| B/. 12,000.00 | B/. 150.00 | 1.25 % |
| B/. 15,000.00 | B/. 600.00 | 4.00 % |
| B/. 20,000.00 | B/. 1,350.00 | 6.75 % |
| B/. 30,000.00 | B/. 2,850.00 | 9.50 % |
| B/. 40,000.00 | B/. 4,350.00 | 10.88 % |
| B/. 50,000.00 | B/. 5,850.00 | 11.70 % |
| B/. 60,000.00 | B/. 8,350.00 | 13.92 % |
| B/. 80,000.00 | B/. 13,350.00 | 16.69 % |
| B/. 100,000.00 | B/. 18,350.00 | 18.35 % |
Calculado con la tarifa de la DGI. La tasa efectiva es el impuesto dividido entre la renta neta.
Lo que no hace esta calculadora
- Seguro Social y Seguro Educativo: no encontramos en las páginas de la DGI que leímos que reduzcan la base del impuesto, por eso no se restan.
- Donaciones, gastos escolares de dependientes con discapacidad (la DGI indica que se deducen sin tope) y estudios universitarios propios de asalariados.
- Impuesto de ganancias de capital, rentas del exterior, gasto de representación y otros ingresos con tratamiento especial.
- Fecha de la última actualización de los topes: el instructivo de la DGI no trae fecha y la página de la tarifa tampoco.
- Si estás obligado a declarar. Según las preguntas frecuentes de la DGI, un asalariado con un solo ingreso y retención no está obligado a presentar declaración jurada; con otros ingresos, sí.
- Intereses, recargos y multas por declarar o pagar tarde.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el impuesto sobre la renta de una persona natural en Panamá?
Según la tarifa de la DGI, 0 % hasta B/. 11,000 de renta neta gravable, 15 % sobre el excedente hasta B/. 50,000 y, por encima, B/. 5,850 más 25 % del excedente de B/. 50,000.
¿Qué es la renta neta gravable?
Es tu ingreso bruto menos las deducciones permitidas. La tarifa se aplica a esa base y no al ingreso total.
¿Qué gastos puedo deducir en la declaración de renta?
Según la DGI: gastos médicos, intereses de hipoteca de la vivienda principal sin interés preferencial, intereses de préstamos educativos y del IFARHU, gastos escolares de dependientes, aportes a un fondo de jubilación privada y donaciones. Cada uno tiene condiciones y soportes.
¿Cuál es el límite de los intereses de hipoteca?
El instructivo de la DGI que leímos fija un máximo de B/. 15,000 y excluye los préstamos con interés preferencial. El documento no tiene fecha, y otras guías dicen que no hay tope publicado: confirma con la DGI.
¿Cuánto puedo deducir por gastos escolares?
Hasta B/. 3,600 por dependiente, de estudios en Panamá y hasta los 25 años, según las preguntas frecuentes de la DGI. Se necesitan facturas, no certificaciones.
¿Cuándo vence la declaración de renta de personas naturales?
La presentación vence el 15 de marzo y se puede pedir prórroga hasta el 15 de abril. El pago del impuesto vence el 31 de marzo y la prórroga no lo aplaza, según la DGI.
¿Un asalariado debe presentar declaración de renta?
Según las preguntas frecuentes de la DGI, un asalariado con un solo ingreso y retención de impuesto no está obligado a presentar declaración jurada. Si tienes más de un ingreso u otras fuentes, sí. Otras páginas mencionan un formulario para asalariados puros: confirma tu caso.
¿Puedo recuperar dinero por gastos escolares?
La DGI indica que los asalariados con retención y más de B/. 11,000 de ingresos anuales pueden recuperar un crédito de 15 % o 25 % según su tramo. En la calculadora, si el impuesto retenido supera el estimado, verás un saldo a favor.
¿La calculadora resta el Seguro Social y el Seguro Educativo?
No. No encontramos en las páginas de la DGI que leímos que esos descuentos reduzcan la base del impuesto, así que solo restamos las deducciones de la tabla.
¿En qué se diferencia de la calculadora de salario neto?
La de salario neto estima lo que recibes cada mes sin deducciones. Esta calcula el impuesto del año con tus deducciones y lo compara con lo retenido.
Fuentes consultadas
- DGI, tarifa del impuesto sobre la renta de personas naturales — tramos y fórmula; sin fecha de vigencia en la página
- DGI, plazo de presentación — 15 de marzo, prórroga al 15 de abril y pago el 31 de marzo (art. 710 del Código Fiscal)
- DGI, preguntas frecuentes de renta — gastos escolares (B/. 3,600 por dependiente), crédito recuperable y quién no está obligado a declarar
- DGI, instructivo para llenar la declaración jurada de renta de personas naturales — deducciones y topes, pagos estimados y rectificación; documento sin fecha de emisión
- Cuenti, 17 de marzo de 2026 — fecha de presentación y pago del año fiscal 2025; fuente secundaria
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